martes, 20 de septiembre de 2011

Veto de bolsillo

El llamado veto de bolsillo permitía al Ejecutivo guardar de manera indefinida leyes emanadas del Congreso con el simple hecho de no publicarlas, sin remitir a los legisladores observaciones u objeciones.
El decreto modifica el artículo 72 de la Constitución y permitirá “que si el Presidente de la República no hace observaciones en los 30 días naturales siguientes a que haya recibido la ley... se entenderá por publicada y vigente. De manera que se cancela el llamado veto de bolsillo”.
Esta acción era denominada coloquialmente como “veto de bolsillo, porque equivalía a que el Presidente de la República, cuando recibía una ley aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado, la guardara en su bolsillo y evitara que entrara en vigor”.
La reforma cambia el plazo de 10 días “útiles” que se concedía al Presidente para emitir observaciones, a uno de 30 días naturales para publicar un proyecto de decreto emitido por el Congreso o ejercer su veto y de no devolverse con observaciones el presidente de la Cámara de Diputados o Senadores estará facultado para ordenar su publicación.

Integrantes:

Alvarado Castillo Cristian
Barrueta Munguia Luis Cristian
Carrera Quiroga Emilio Vicente

Rivas Jasso Isaac Michel
Zaragoza Fernández Faustino

3 comentarios:

  1. Esta es una reforma formidable ya que permite que la labor legislativa no sea en vano, es de todos conocido que el veto de bolsillo esta usado por el ejecutivo, había iniciativas detenidas por décadas. Esta reforma es la solución optima para esta situación.

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  2. El veto de bolsillo es un recurso del Ejecutivo, pero que no tiene que abusar de él. Me parece que al dar razones de por qué veto la ley, los legisladores tendrán mayores fundamentos para la creación de mejores leyes; y de no dar el Presidente las razones de por qué la veto la, ley será publicada.

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  3. Me parece que con la nueva reforma el "veto de bolsillo" si se verá limitado mucho mas de lo que en la actualidad, personalmente estoy de acuerdo con la iniciativa ya que es una facultad de la cual el ejecutivo podría abusar cuando quisiese.

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